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lunes, 26 de septiembre de 2011

Glosario

Menoscabo
Daño es el detrimento, perjuicio o menoscabo causado por culpa de otro en el patrimonio o la persona.
En Derecho civil, la palabra "daño" significa el detrimento, perjuicio o menoscabo que una persona sufre a consecuencia de la acción u omisión de otra, y que afecta a sus bienes, derechos o intereses.
Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Da%C3%B1o_(Derecho)

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